Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 21
21 / 162En vigor desde 31 dic 2006
Las relaciones de colaboración y cooperación entre el Ayuntamiento de Palma de Mallorca y las demás administraciones públicas se rigen por lo dispuesto en la Ley municipal y de régimen local de las Illes Balears, en la legislación que regula el procedimiento administrativo y en las demás normas estatales o autonómicas que resulten de aplicación.
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Proeli/es-ib/l/2006/12/20/23#art-21