Art. 145
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 145

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En vigor desde 31 dic 2006
La Tesorería del Ayuntamiento de Palma de Mallorca se rige por lo dispuesto en la legislación reguladora de las haciendas locales, en la Ley general presupuestaria en todo aquello que sea de aplicación, y demás disposiciones complementarias.
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