Art. Disposición transitoria sexta
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria sexta

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En vigor desde 1 ene 2002
Se prorroga durante el año 2002 la facultad conferida en la disposición final tercera de la Ley 39/1992, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1993.
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