Capítulo Capítulo IV›Secc. Sección 1.ª Infracciones
Art. 25
25 / 52En vigor desde 24 ago 1992
Las reglamentaciones de las materias comprendidas en el ámbito de la presente Ley podrán determinar los cuadros específicos de infracciones leves, graves y muy graves en que se concreten los tipos que se contienen en los artículos anteriores.
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Proeli/es/l/1992/07/30/23#art-25