Art. 4
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 4

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En vigor desde 20 dic 1983
1. El Plan Territorial General definirá los objetivos de equilibrio territorial de interés general para Cataluña y será el marco orientador de las acciones que se emprendan a fin de crear las condiciones adecuadas para atraer la actividad económica a los espacios territoriales idóneos. 2. El Plan Territorial General tendrá por ámbito de aplicación todo el territorio de Cataluña.
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eli/es-ct/l/1983/11/21/23#art-4