Art. 24
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 24

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En vigor desde 20 dic 1983
El Consejo Ejecutivo adoptará las medidas necesarias para que las empresas y los servicios públicos ajusten sus actuaciones a las determinaciones del Plan Territorial General, de los planes parciales y de los planes sectoriales.
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eli/es-ct/l/1983/11/21/23#art-24