Art. Disposición final décima
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición final décima

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En vigor desde 1 ene 2022
Con efectos desde la entrada en vigor de esta Ley y vigencia indefinida se modifica el artículo 33, de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, de la siguiente forma: Uno. Se da nueva redacción al apartado Cinco, que queda redactado como sigue: [...] «Cinco. Cuantía de las tasas: Las cuantías de las tasas se determinarán en función de la aplicación del Reglamento (UE) n.º 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas. Estas tasas serán las siguientes: Euros 1 Por evaluación de un expediente de una sustancia activa (nueva o existente) para su inclusión en el anexo I, IA o IB. 120.751,68 2 Por evaluación (autorización o registro) de un expediente de un producto biocida. 24.150,34 3 Por evaluación (autorización o registro) de un expediente en aplicación de formulaciones marco. 3.018,80 4 Por reconocimiento de autorizaciones o registros concedidos en otros Estados Miembros. 3.018,80 5 Por autorizaciones provisionales. 12075,17/Producto + 9660,13/Sustancia activa 6 Por uso temporal de productos biocidas (120 días). 24.150,34 7 Por notificación sobre el procedimiento orientado a investigación y desarrollo. 2.535,80 8 Por renovación de productos biocidas a los que se refieren los puntos 2 y 3. 18.112,75/2264,10 9 Por modificaciones significativas en los productos biocidas a los que se refieren los puntos 2 y 3 (ej.: cambios en la formulación, extensiones de uso). 9660,14/1207,35 10 Por modificaciones menores en los productos biocidas a los que se refieren los puntos 2 y 3: a) Modificaciones técnicas (ej.: cambios en clasificación y etiquetado). 1449,02/181,13 b) Cambios administrativos (ej.: cambio nombre producto, cambio titular). 240,5/30,18 11 Por la autorización de plaguicidas de uso ambiental e industria alimentaria que contengan sustancias activas existentes hasta su revisión en función de la Directiva 98/8/CE: a) Sustancias activas. 724,49 b) Formulaciones. 724,49 12 Por renovación de autorización de productos a los que se refiere el punto 11. 543,38 13 Por procedimientos de ampliación de autorización de un producto ya registrado a los que se refiere el punto 11. 362,25 14 Por modificaciones significativas en los productos a los que se refiere el punto 11 (ej.: cambios en la formulación, extensiones de usos). 543,38 15 Por modificaciones menores en los productos a los que se refiere el punto 11: a) Modificaciones técnicas (ej.: cambios en clasificación y etiquetado). 181,13 b) Cambios administrativos (ej.: cambio nombre producto, cambio titular, cambio de fabricante). 181,13 Dos. Se añade un apartado Ocho, nuevo, con la siguiente redacción: «Ocho. Cuando el solicitante de la autorización sea una pequeña o mediana empresa (PYME), se aplicará unas tasas de importe reducido siguiendo los siguientes criterios: a) Reducciones de las tasas aplicables a las solicitudes de aprobación, renovación de aprobación e inclusión en el anexo I de sustancias activas del Reglamento (UE) n.º 528/2012 cuando el fabricante de la sustancia activa sea una PYME establecida en la Unión, excepto si la sustancia activa fuera una candidata a la sustitución: – Microempresas: 60 %. – Pequeñas empresas: 40 %. – Medianas empresas: 20 %. b) Reducciones de las tasas aplicables a las solicitudes de autorización o renovación de biocidas o familias de biocidas, si el futuro titular de la autorización es una PYME establecida en la Unión, excepto si el producto contiene alguna sustancia activa candidata a la sustitución: – Microempresas: 30 %. – Pequeñas empresas: 20 %. – Medianas empresas: 10 %. Estas reducciones no se aplicarán cuando la aplicación pertenezca a la autorización o renovación de autorización de una sustancia activa candidata a sustitución o cuando las aplicaciones para la autorización de los productos biocidas contengan sustancias activas candidatas a la sustitución. Corresponde al solicitante acreditar la condición de PYME. El resto del artículo mantiene la misma redacción.
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