Art. Disposición adicional cuadragésima sexta
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional cuadragésima sexta

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En vigor desde 1 ene 2022
Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 3,00 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2022 Dos. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere al artículo 26.6 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, será el 3,75 por ciento. Tres. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el artículo 38.2 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, será el 3,75 por ciento.
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