Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional centésima décima novena
227 / 278En vigor desde 1 ene 2022
A efectos de lo dispuesto en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, en cuanto al requisito de no incurrir en pérdidas durante dos ejercicios consecutivos, no se considerarán los ejercicios 2020 y/o 2021 cuando en ellos se haya incurrido en pérdidas.
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Proeli/es/l/2021/12/28/22#disposicion-adicional-centesima-decima-novena