Art. Disposición adicional segunda
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 4.ª Otras disposiciones

Art. Disposición adicional segunda

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En vigor desde 14 nov 2014
1. Las referencias contenidas en el ordenamiento jurídico español a la Ley 25/2005, de 24 de noviembre, reguladora de las entidades de capital-riesgo y sus sociedades gestoras, se entenderán realizadas a esta Ley. 2. A los efectos previstos en el apartado anterior, las referencias a las entidades de capital-riesgo se entenderán también realizadas a las entidades de capital-riesgo Pyme.
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