Art. Disposición adicional décima quinta
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional décima quinta

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En vigor desde 1 ene 2014
Durante el próximo ejercicio presupuestario 2014, queda suspendida la eficacia del artículo 26.3 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
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