Art. 91
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO III

Art. 91

91 / 260
En vigor desde 1 ene 2014
Con efectos de 1 de enero de 2014 y vigencia indefinida se modifica la letra d) del artículo 216 del Texto Refundido de la Ley de Puertos y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, en los siguientes términos: «d) A las mercancías y sus elementos de transporte, de entrada o salida marítima, que salgan o entren de la zona de servicio del puerto por transporte ferroviario: 0,50.»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2013/12/23/22#art-91