Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional quinta
61 / 85En vigor desde 30 jul 2011
La aplicación de esta Ley se realizará sin perjuicio de las disposiciones relativas a la protección de la salud y a la prevención de riesgos laborales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2011/07/28/22#disposicion-adicional-quinta