Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición final tercera

104 / 104
En vigor desde 29 ene 2008
La presente Ley entrará en vigor transcurrido un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2007/12/18/22#disposicion-final-tercera