Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 7
7 / 152En vigor desde 3 ene 2006
La información difundida por los prestadores de servicios de comunicación audiovisual debe ser veraz. Se entiende por información veraz la que se fundamenta en hechos que pueden someterse a una comprobación diligente, profesional y fidedigna.
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Proeli/es-ct/l/2005/12/29/22#art-7