Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
4 / 16En vigor desde 31 may 2016
1. Los órganos rectores del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha son:
a) El Consejo de Dirección.
b) La Dirección.
2. El Instituto contará con servicios en cada provincia, cuya estructura, denominación y funciones se determinará por Decreto del Consejo de Gobierno.
Se modifica por el .1 de la Ley 3/2016, de 5 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6725 Se modifica por el art. único.1 de la Ley 5/2008, de 12 de junio. Ref. BOE-A-2008-13687
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2002/11/21/22#art-4