Capítulo CAPÍTULO III
Art. 22
22 / 50En vigor desde 13 ago 2002
Son obligaciones de los miembros de una cofradía de pescadores:
a) Ajustar su actuación a lo que establezcan los estatutos.
b) Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de gobierno.
c) Actuar con lealtad y buena fe y no obstaculizar el funcionamiento normal de la cofradía.
d) Asistir a las reuniones y los actos de los órganos de gobierno de que forman parte cuando sean convocados a los mismos.
e) Satisfacer las cuotas que se establezcan para contribuir al sostenimiento de la cofradía.
f) Cumplir los reglamentos internos de la cofradía.
g) Todas las demás obligaciones que determinen los estatutos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2002/07/12/22#art-22