Capítulo CAPÍTULO II
Art. 4
4 / 38En vigor desde 27 dic 2001
1. La Comarca de Gúdar-Javalambre tendrá a su cargo la ejecución de obras, la prestación de servicios y la gestión de actividades de carácter supramunicipal, cooperando con los municipios que la integran en el cumplimiento de sus fines propios.
2. Asimismo, la Comarca de Gúdar-Javalambre representará los intereses de la población y del territorio comprendido dentro de la delimitación comarcal, en defensa de la solidaridad y del equilibrio dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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Proeli/es-ar/l/2001/12/21/22#art-4