Título TÍTULO III
Art. 28
28 / 151En vigor desde 28 ene 1999
Puede ejercer la iniciativa ciudadana para proponer al Ayuntamiento la aprobación de una disposición municipal de carácter general un número mínimo de 1 por 100 de los empadronados mayores de dieciséis años, o que represente más del 3 por 100 de esta población en tres distritos, como mínimo, de la ciudad.
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Proeli/es-ct/l/1998/12/30/22#art-28