Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 116
119 / 150En vigor desde 29 jul 1988
Las Administraciones públicas cuyas competencias incidan sobre el ámbito espacial contemplado en la presente Ley ajustarán sus relaciones recíprocas a los deberes de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a aquéllas.
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Proeli/es/l/1988/07/28/22#art-116