Art. Disposición adicional tercera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional tercera

23 / 32
En vigor desde 12 oct 2017
La condición de miembro de los órganos de dirección definidos por la presente ley es incompatible con cualquier vinculación económica, directa o indirecta, con empresas o entidades relacionadas con los servicios que presta la Agencia Catalana de Protección Social.

Tus anotaciones

Pro

DOGC-f-2017-90496#disposicion-adicional-tercera