Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección tercera. Los instrumentos de gestión

Art. Disposición final tercera

41 / 41
En vigor desde 5 ago 2015
La presente ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», salvo las disposiciones de carácter económico y con repercusión presupuestaria, que entran en vigor el primer día del ejercicio presupuestario inmediatamente posterior.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2015/07/29/21#disposicion-final-tercera