Art. Disposición adicional séptima
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 20 ene 2015
Corresponde al departamento competente en materia de fundaciones aprobar el formulario electrónico de las cuentas que se presenten unificadamente y determinar el nivel de prestación del servicio de este trámite mediante la Ventanilla Única Empresarial.
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