Art. Disposición final décima
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final décima

37 / 40
En vigor desde 28 jul 2011
La presente Ley se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª, 11.ª y 13.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia sobre legislación mercantil, bases de la ordenación del crédito, banca y seguros y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, respectivamente.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2011/07/26/21#disposicion-final-decima