Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio
Ley

Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Ibiza y Formentera en materia de juventud y ocio

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Índice de la norma
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Disposición general
Funciones ejecutivas y de gestión atribuidas a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera
Funciones relativas a la potestad inspectora y sancionadora atribuida a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera
Instrumentos de publicidad de las instalaciones juveniles
Instrumentos de publicidad de los servicios de información joven
Instrumentos de publicidad de las entidades juveniles y de las entidades prestadoras de servicios a la juventud
Instalaciones destinadas a actividades de ocio para niños y jóvenes cuya titularidad se traspasa a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera
Centros y servicios de información joven cuyas titularidad y gestión se traspasan a los consejos de Menorca y de Ibiza y Formentera
Potestades que se reservan el Gobierno y la Administración de las Illes Balears
De la potestad reglamentaria
Disposiciones comunes
Delegación a los ayuntamientos
Valoración del coste efectivo
Medios personales
Medios materiales