Art. 17
Título CAPÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 17

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En vigor desde 22 ago 2024
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.a).1º de la Ley 2/2024, de 1 de agosto. Ref. BOE-A-2024-15937#dd Se modifica por el art. único.8 de la Ley 1/2011, de 4 de marzo. Ref. BOE-A-2011-4116 .

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Pro

eli/es/l/2003/07/07/21#art-17