Art. 74
Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Art. 74

74 / 146
En vigor desde 1 ene 1994
A partir de 1 de enero de 1994, la escala adjunta a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del texto refundido de la Ley del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente: Escala Transmisiones directas – Pesetas Transmisiones transversales – Pesetas Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros – Pesetas 1.º Por cada título con grandeza 305.000 761.000 1.826.000 2.º Por cada grandeza sin título 218.000 544.000 1.305.000 3.º Por cada título sin grandeza 87.000 218.000 522.000
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1993/12/29/21#art-74