Capítulo CAPÍTULO V
Art. 16
16 / 27En vigor desde 24 dic 1987
Quien desee ejercer otra actividad u ocupar un puesto de trabajo público o privado deberá formular previamente la correspondiente declaración de actividades, según el modelo establecido reglamentariamente.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1987/11/26/21#art-16