Art. Disposición adicional vigésima cuarta
Título TITULO VIII

Art. Disposición adicional vigésima cuarta

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En vigor desde 13 ene 1987
Se suprime la exacción «Derechos de registro de Entidades Aseguradoras de Accidentes de Trabajo» regulada por Decreto 4293/1964, de 17 de diciembre, que se deroga igualmente.
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eli/es/l/1986/12/23/21#disposicion-adicional-vigesima-cuarta