Libro LIBRO SEGUNDO›Título TÍTULO ÚNICO›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 82
Derogado86 / 107En vigor desde 17 ene 1965
Los Jefes de Región y Zona Aérea tendrán, con sus auditores y en el respectivo territorio, las funciones de autoridad judicial de esta jurisdicción penal aeronáutica.
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Proeli/es/l/1964/12/24/209#art-82