Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. 6
120 / 5141-4
En vigor desde 1 ene 2024
Son contribuyentes de esta tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten los servicios que constituyen el hecho imponible.
Se modifica por el de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2666
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-6-3