Art. 33 · 2-1
Título TÍTULO XXXIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 33

452 / 514

2-1

En vigor desde 31 dic 2017
Constituye el hecho imponible de esta tasa la realización de las actuaciones administrativas de reconocimiento e inspección de locales o edificaciones destinados, de acuerdo con la normativa específica aplicable, a morada humana, conducentes al otorgamiento de la cédula de habitabilidad.
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eli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-33-4