Título TÍTULO XXXIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 33
452 / 5142-1
En vigor desde 31 dic 2017
Constituye el hecho imponible de esta tasa la realización de las actuaciones administrativas de reconocimiento e inspección de locales o edificaciones destinados, de acuerdo con la normativa específica aplicable, a morada humana, conducentes al otorgamiento de la cédula de habitabilidad.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-33-4