Art. 31 · 7-1
Título TÍTULO XXXICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 31

437 / 514

7-1

En vigor desde 31 dic 2017
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación por la Agencia Valenciana de Seguridad Ferroviaria de los servicios de supervisión o inspección en materia de seguridad ferroviaria.
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