Art. 3 · 7-2
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO VII

Art. 3

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7-2

En vigor desde 31 dic 2017
Están exentos del pago de la tasa, en el caso de los puntos 5 y 9 del cuadro del artículo 3.7-5, las personas que tengan la condición de ganadero o las personas titulares de explotaciones ganaderas que hayan obtenido la calificación sanitaria de «indemne» u «oficialmente indemne», conforme a lo establecido en la normativa vigente en materia de ganadería o que pertenezcan a una agrupación de defensa sanitaria, en aquellas especies en las que no exista un estatuto de calificación sanitaria reconocido.
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eli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-3-26