Título TÍTULO XXIX›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 29
368 / 5141-6
En vigor desde 1 ene 2023
Son responsables solidarios del pago de la tasa:
1. En el supuesto a que se refiere el apartado 6 del artículo 29.1-1, cuando en el festejo, espectáculo público o actividad recreativa el riesgo asegurado sea inferior al importe de la asistencia, los organizadores del festejo, espectáculo público o actividad recreativa correspondiente, por el importe de la tasa no cubierto por el seguro.
Cuando se trate de festejos taurinos tradicionales en la Comunitat Valenciana (bous al carrer) regulados en el Decreto 31/2015, de 6 de marzo, el sistema público valenciano de salud se hará cargo del importe no asegurado.
2. En el supuesto a que se refiere el apartado 10 del artículo 29.1-1, las personas físicas o jurídicas que, no reuniendo la condición legal de contribuyente o sustituto del contribuyente, acepten expresamente a su cargo la obligación de pagar el importe de los servicios de asistencia sanitaria y farmacéuticas prestados.
Se modifica el apartado 1 por el de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-5482 Se modifica por el de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-1859#a1-7
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-29-5