Título TÍTULO XXIX›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 29
379 / 5142-4
En vigor desde 31 dic 2017
Son contribuyentes de esta tasa, los centros hospitalarios, laboratorios, públicos o privados, y, en general, las personas que adquieran los productos o soliciten la prestación de los servicios a los que se refiere el hecho imponible.
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Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-29-16