Título TÍTULO XXII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 22
285 / 5141-8
En vigor desde 1 ene 2024
1. El documento en que se formalice la autorización del uso deberá contener:
a) Las condiciones de uso de los espacios, el aforo máximo permitido y cualquier otro aspecto de su utilización.
b) La cuota o cantidad a ingresar.
c) La motivación y el derecho a la aplicación de los coeficientes previstos en el apartado 2 del artículo 22.1-7.
2. En su caso, el citado documento contendrá:
a) La cuantía de los gastos conexos a su utilización no incluidos en la cuota o cuantía a ingresar por la tasa.
b) La obligación del depósito o de la contratación del seguro a que se refiere el apartado 2 del artículo 22.1-9.
Se modifica por el de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2666
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-22-7