Título TÍTULO XXII›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 22
310 / 5145-1
En vigor desde 1 ene 2024
1. Constituye el hecho imponible de esta tasa la expedición del carnet de persona usuaria de los fondos de la biblioteca y centro de documentación del IVAM.
2. No estará sujeta la expedición del carnet que sea consecuencia de la rectificación de la mención del sexo y el nombre en el Registro Civil.
Se modifica por el de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2666
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-22-32