Título TÍTULO XXII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 22
281 / 5141-4
En vigor desde 1 ene 2024
Son contribuyentes de esta tasa las personas, físicas o jurídicas, que sean usuarias de los espacios a los que se refiere el hecho imponible.
Se modifica por el de la Ley 7/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-2666
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-22-3