Art. 16 · 2-3
Título TÍTULO XVI›Capítulo CAPÍTULO II

Art. 16

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2-3

En vigor desde 11 ago 2026
Son contribuyentes de esta tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten la inscripción o renovación de la inscripción en el Registro de Organismos de Certificación Administrativa como tales organismos de certificación. Se modifica por el de la Ley 5/2026, de 31 de julio. Ref. BOE-A-2026-19331

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Pro

eli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-16-8