Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 1
25 / 5145-1
En vigor desde 1 ene 2019
La revisión en vía administrativa de las tasas se ajustará a la revisión en vía administrativa en el caso de tributos propios de la Generalitat que se prevé en las disposiciones finales primera a sexta de la presente ley, sin perjuicio de las peculiaridades previstas en este capítulo.
Se modifica por el de la Ley 27/2018, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-1987
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-1-24