Art. 43
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 43

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En vigor desde 16 ene 2011
1. Corresponde al Instituto Catalán de las Industrias Culturales conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico y documental de Cataluña. 2. El Instituto Catalán de las Industrias Culturales puede establecer convenios de colaboración con otras administraciones públicas o entidades privadas que tengan el objeto de conservar, promover y difundir la cultura cinematográfica y el patrimonio fílmico o documental.
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eli/es-ct/l/2010/07/07/20#art-43