Art. 15
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección segunda. Organización y procedimiento

Art. 15

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En vigor desde 11 ago 2010
1. La Ponencia Ambiental está apoyada por las Oficinas de Gestión Ambiental Unificada (OGAU), que actúan como órganos territoriales. 2. La composición, las funciones y el régimen de funcionamiento de las OGAU deben determinarse reglamentariamente.
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eli/es-ct/l/2009/12/04/20#art-15