Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 122 ter
125 / 222En vigor desde 14 jul 2017
La persona titular de la alcaldía o la presidencia de la corporación, una vez finalizados los puntos incluidos en el orden del día y levantada la sesión, podrá establecer un turno de intervenciones o consultas al público asistente sobre temas concretos de interés municipal.
Se añade por el de la Ley 3/2017, de 7 de julio. Ref. BOE-A-2017-10494
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2006/12/15/20#art-122-ter