Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 100
100 / 222En vigor desde 31 dic 2006
Los municipios tienen potestad normativa reglamentaria, como expresión del principio democrático en el cual se fundamentan, en el ámbito de sus competencias. Esta potestad está limitada por los principios de jerarquía normativa y de competencia.
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Proeli/es-ib/l/2006/12/15/20#art-100