Art. Disposición final primera
Título TÍTULO IX

Art. Disposición final primera

97 / 99
En vigor desde 9 jul 2003
Esta ley se dicta al amparo de la competencia estatal prevista por el artículo 149.1.9.ª de la Constitución, en materia de legislación sobre propiedad industrial.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2003/07/07/20#disposicion-final-primera