Art. 8

Art. 8

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En vigor desde 1 feb 2001
Los recursos económicos del Instituto Catalán de las Industrias Culturales están constituidos por: a) Las dotaciones que se consignen en los presupuestos de la Generalidad de Cataluña. b) Los rendimientos de los bienes que le sean adscritos y de los que adquiera en el ejercicio de sus funciones. c) Los ingresos que obtenga por la prestación de sus servicios. d) Las subvenciones, aportaciones y donaciones que le concedan las personas o entidades, públicas o privadas. e) Los créditos y los préstamos que le sean concedidos. f) Cualquier otro recurso que permita la Ley.
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eli/es-ct/l/2000/12/29/20#art-8