Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 9 jun 2026
Se faculta al titular de la consejería competente en materia de sanidad para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta ley.
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eli/es-mc/l/2026/06/04/2#disposicion-final-primera