Art. 8

Art. 8

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En vigor desde 9 jun 2026
La prescripción de las infracciones y sanciones, así como la caducidad del procedimiento sancionador, se regirán por lo dispuesto en la legislación básica estatal en materia de régimen jurídico del sector público y procedimiento administrativo común.
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eli/es-mc/l/2026/06/04/2#art-8