Art. 10
Título TÍTULO I

Art. 10

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En vigor desde 30 abr 2026
La Administración autonómica, a través de la consejería competente en materia de organización de los servicios públicos, promoverá la colaboración con las organizaciones sindicales más representativas, organizaciones sociales, profesionales y empresariales y con las entidades del tercer sector de acción social para la identificación y reducción de cargas administrativas y la exploración de vías de mejora.
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eli/es-ri/l/2026/04/28/2#art-10